Temporada de caza 2018. Provincia de La Pampa.

Se habilitó la Temporada de Caza 2018 en la provincia de La Pampa. Las principales características son:

ARTICULO 1º.- Habilítese la Caza Deportiva Menor en la provincia de La Pampa desde el 1º de febrero hasta el 31 de agosto del año 2018, la que sólo podrá ser realizada en Cotos de Caza o en Campos Registrados bajo sus dos modalidades.

ARTÍCULO 2º.- Determínese las especies de caza habilitada, cantidades máximas de piezas por cazador y período, según el siguiente detalle:

Perdiz chica
(Nothura sp.) 1/5 al 31/7                               6/día/cazador
Perdiz de monte
(Nothoprocta cinerascens) 1/5 al 31/7          6/día/cazador
Paloma montera
(Columba maculosa) 1/2 al 31/8                  50/día/cazador
Paloma torcaz
(Zenaida auriculata) 1/2 al 31/8                   1000/día/cazador
Paloma turca
(Columba picazuro) 1/2 al 31/8                   1000/día/cazador
Liebre europea
(Lepus europaeus) 1/2 al 31/8                      10/día/cazador
Vizcacha
(Lagostomus maximus) 1/2 al 31/8              8/día/cazador



ARTÍCULO 3º.- Serán requisitos necesarios para practicar la caza deportiva Menor:

EN CAMPOS REGISTRADOS:
- Permiso de caza correspondiente.
- Autorización del propietario u ocupante legal del campo.
- CERTIFICACION DE EXCURSION DE CAZA: Será necesaria en aquellos casos en que el cazador permanezca más de un día en el campo y haya superado el cupo de piezas de caza diario.
- Documento Nacional de Identidad.
- “Certificado de libre de deuda” emitido por la Dirección de Recursos Naturales, acreditando que no existen multas pendientes de cumplimento por infracciones a la Ley Nº 1.194.
- Autorización de dueño de campo completa y con la firma certificada.

ARTICULO 5º.- Entiéndase acompañante de caza a toda persona que sin practicar la actividad de caza se desplace en un mismo vehículo que un cazador, debiendo contar con el PERMISO PARA ACOMPAÑANTE

ARTICULO 7°.- Cuando se desee transportar fuera de los límites de la provincia una pieza de caza o producto de ella deberá hacerse con la correspondiente Guía Única de tránsito confeccionándose una por cazador.



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